Nueva sentencia favorable para el Colegio Oficial de Ópticos-Optometristas de Andalucía

Los Tribunales de Justicia han vuelto a dar la razón al COOOA en relación con las demandas presentadas con motivo del proceso electoral del año 2020. Con esta, ya son seis de seis sentencias favorables

En este caso, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sala de lo Contencioso-administrativo), mediante su sentencia de 31 de mayo de 2023, dictada en el recurso de apelación 494/2022, confirma la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 6 de Sevilla, que había desestimado la demanda presentada por la anterior vocal-delegada provincial de Granada (M.F.S.).

La sentencia considera conforme a Derecho y, en concreto, al artículo 23 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, la actuación del Colegio en una reunión de la Junta de Gobierno, que consistió en: a) acordar que en M.F.S. concurría causa de abstención al estar interesado en los asuntos que se trataban el que era su jefe en el establecimiento sanitario de Óptica en el que trabajaba; b) proceder, como consecuencia de ello a su exclusión de la reunión mediante la correspondiente desconexión telemática, ya que la reunión se celebraba por videoconferencia.

También considera el TSJA conforme a Derecho la actuación de la decana-presidenta que no se ausentó de la reunión, pero que no intervino en el debate y se abstuvo de participar en la votación.

El COOOA ha ganado seis de seis sentencias favorables en relación con las demandas presentadas con motivo del proceso electoral del año 2020

 

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