
Portrait of a beautiful girl with a plait who is touching herself and posing over a white background
Con el incremento de la oferta de actividades formativas para los profesionales óptico-optometristas, organizadas por asociaciones y/o particulares, este Colegio Oficial está observando inexactitudes con autodenominadas especialidades, o presuntas áreas de conocimiento. Una de estas es la denominada optometría comportamental, de la conducta o neurocognitiva, que llevan a confusión al ser consideradas erróneamente como ramas establecidas de la optometría, cuando no lo son.
Tal como señala nuestro Código Deontológico: “mientras no existan especialidades optométricas reconocidas como tales, el óptico-optometrista no incluirá en su promoción o publicidad alusiones a pretendidas especialidades que no son oficiales.”
Avalamos que la “Terapia visual infantil” es una disciplina optométrica con base científica, exclusiva del óptico-optometrista en España, que engloba el grupo de ejercicios visuales y métodos optométricos con validez diagnóstica destinados a la rehabilitación visual de ciertas capacidades visuales y que deben ser específicamente planteados y orientados para cada paciente. Que posee una base neurofisiológica con evidencia científica en la rehabilitación de diferentes niveles de condiciones y capacidades visuales afectadas y sus aplicaciones son diversas y tienen como objetivo optimizar el rendimiento del sistema visual a través de una serie de ejercicios, activos o pasivos, de carácter secuencial y dificultad creciente en función del caso.
“Mientras no existan especialidades optométricas reconocidas como tales, el óptico-optometrista no incluirá en su promoción o publicidad alusiones a pretendidas especialidades que no son oficiales”
En modo alguno puede confundirse la terapia visual con pseudoterapias u otros procedimientos como terapias comportamentales, posturología, yoga visual, reiki visual, mindfulness visual e incluso algunos tratamientos poco convencionales en evaluación, como la fototerapia o reflejos primitivos, la kinesiología o la reflexología con criterios dudosos y carentes de una consistente evidencia científica.
Desde el COOOA, y en base al Código Deontológico, nos posicionamos claramente apoyando que “la práctica clínica del óptico-optometrista será actualizada periódicamente, basada en la evidencia científica, para adaptarse a los avances en los conocimientos científicos, tecnológicos y al desarrollo del ámbito de la práctica profesional, evolucionando y adaptándose a la realidad social”.
En este sentido, y como conclusión, el COOOA no va a recomendar ni avalar ningún curso cuyos conocimientos carezcan de evidencia científica, planteándose realizar cuantas acciones considere pertinentes en defensa de la salud de los ciudadanos y de la seriedad de nuestra profesión optométrica y sus profesionales ópticos-optometristas.