Condenadas por intrusismo profesional propietaria y empleada sin título de una óptica en Málaga, tras la denuncia del COOOA

El Juzgado de lo Penal Nº3 de Málaga condena a las encausadas a seis meses de prisión por ejercer durante más de un año la profesión sin disponer del título universitario de óptico-optometrista.

El Juzgado de lo Penal Nº3 de Málaga ha condenado a A.M.C. e I.R.A, empleada y propietaria de un establecimiento sanitario de óptica de la provincia malagueña, a seis meses de prisión por delito de intrusismo profesional, tras la querella presentada por el Colegio Oficial de Ópticos-Optometristas de Andalucía (COOOA). La institución colegial interpuso esta denuncia ante la verificación de que la empleada acusada, a lo largo del año 2018 y hasta el mes de septiembre de 2019, cuando finalmente obtuvo el título de graduada en Óptica y Optometría, ejercía las labores propias de la profesión, sin contar en este periodo con la titulación académica necesaria.

El COOOA también denunció la contratación de A.M.C. por parte de la propietaria I.R.A. a sabiendas del incumplimiento de los requisitos legales para ello, de lo que fue advertida para que regularizara esta situación y no acató.

Los servicios jurídicos del COOOA se personaron como acusación particular presentando una querella en los juzgados de Málaga por delito de intrusismo profesional, previsto y penado en los artículos 403.1 y 403.2 b) del Código Penal, y el Juzgado condenó a ambas como “criminalmente responsables de un delito de intrusismo”. Las acusadas, asistidas por su Letrado, mostraron su conformidad con la calificación y penas solicitada por el Ministerio Fiscal y acusación particular.

«Es la segunda sentencia por intrusismo que obtiene el COOOA en los últimos meses, fruto de su campaña de persecución de este tipo de prácticas»

Tras conocer el resultado de la sentencia, la presidenta del COOOA, Blanca Fernández, ha celebrado el resultado y ha afirmado que “es otro paso más en la constante labor de este Colegio Profesional para regularizar las situaciones profesionales irregulares en establecimientos y consultas y en la lucha denodada contra el intrusismo profesional. Animamos a ciudadanos y colegiados a informar al COOOA de sospechas de prácticas delictivas que pueden perjudicar tanto a nuestro colectivo como a la sociedad”. Se trata de la segunda sentencia favorable en este ámbito que obtenemos en solo unos meses, tras la emitida por el Juzgado de lo Penal de Sevilla, lo que pone de manifiesto que la persecución de este tipo de prácticas es una de las prioridades de nuestro Colegio y que estamos realizando un importante esfuerzo en denunciar que personas no cualificadas puedan ejercer libremente nuestra profesión, ya que constituye un verdadero riesgo para la salud de la población andaluza”, subraya Fernández.

El COOOA recuerda que el óptico-optometrista es el profesional sanitario de la visión de atención primaria, cuya figura laboral está regulada por la Ley 44/2003 de Ordenación de profesiones sanitarias y que, para su pleno ejercicio, se requiere estar en posesión del título universitario correspondiente en Óptica y Optometría.
Tras la resolución, Blanca Fernández destaca que “el COOOA, a través de sus Servicios Jurídicos, continúa trabajando incesantemente, con la ayuda de la población y nuestros profesionales, para asegurar que personas sin titulación universitaria no puedan ejercer como óptico-optometrista, con el objetivo de seguir respaldando los derechos de nuestros colegiados y velando por la salud visual de los andaluces”.

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